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miércoles, 22 de abril de 2026

Cambios y novedades que deben tener en cuenta los contribuyentes en su Declaración de Renta de 2025

La recién iniciada Campaña de Renta 2025, llega con novedades relevantes que reflejan tanto la evolución económica reciente, como las prioridades fiscales del actual Gobierno. Estos cambios tienen un impacto directo en determinados colectivos, especialmente trabajadores con rentas medias, autónomos, propietarios de vivienda y contribuyentes con inversiones financieras.


Según Enrique Donnay Segura, profesor del Máster de Tributación y Asesoría Fiscal de CEF.- UDIMA, "una de las principales novedades que afectará a los rendimientos del trabajo es la aplicación de la reducción del 30% sobre rendimientos excepcionales derivados de actividades artísticas y técnicas relacionadas, cuando superen el 130% de la media de los tres ejercicios anteriores".

Por lo que respecta a los rendimientos del capital inmobiliario derivados del arrendamiento de vivienda, el IRPF 2025 introduce una reforma sustancial en los porcentajes de reducción aplicables, sustituyendo la tradicional reducción general del 60 % por un sistema más flexible e incentivador.
   
En este sentido, para contratos firmados a partir de 26 de mayo de 2023, se establecen distintos niveles de reducción en función de determinadas circunstancias: (1) un 90 % cuando se formalicen nuevos contratos en zonas de mercado residencial tensionado con rebaja de la renta; (2) un 70 % en supuestos como el alquiler a jóvenes o a contribuyentes que alquilen por primera vez la vivienda o la incorporación de viviendas al mercado en dichas zonas tensionadas; (3) un 60 % cuando, no cumpliéndose los supuestos para las reducciones anteriores, se realicen actuaciones de rehabilitación y, por último, (4) un 50 % como reducción para el resto de arrendamientos. Sin embargo, para contratos firmados antes de 26 de mayo de 2023, se aplicará la reducción vigente hasta ahora del 60%.

"Con esta nueva estructura, el legislador persigue fomentar el acceso a la vivienda en condiciones más asequibles y dinamizar la oferta de alquiler en áreas con mayor presión de demanda", matiza Enrique Donnay.

En relación a los autónomos, el nuevo sistema de cotización por ingresos reales sigue consolidándose y, aunque no es estrictamente una medida tributaria, sí influye en la planificación fiscal de este colectivo. En este contexto, se han introducido nuevas casillas en el modelo de autoliquidación para regularizar cotizaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

En el ámbito de las rentas de ahorro, una de las modificaciones más relevantes en 2025 se produce en la escala aplicable a este tipo de rentas (intereses, dividendos, rendimientos derivados de ciertos seguros y ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales). El tipo aplicable a bases liquidables superiores a 300.000 euros se incrementa hasta el 30%, lo que afecta directamente a contribuyentes con elevados rendimientos del capital mobiliario o las citadas ganancias patrimoniales.

Para el profesor de CEF.- UDIMA, "este cambio refuerza la progresividad del impuesto en la base del ahorro, pero también incrementa la relevancia de la planificación fiscal en operaciones de inversión y desinversión especialmente para rentas más altas. No obstante, esta modificación en los tipos de la base del ahorro también puede tener un efecto indirecto en pequeños ahorradores que buscan rentabilizar sus ahorros en un contexto de incertidumbre económica".

Por otro lado, en la cumplimentación el modelo de autoliquidación en relación con las ganancias patrimoniales, hay que considerar la separación de ganancias derivadas de juegos con y sin retención, y de premios con fines publicitarios, así como la creación de apartado específico para compraventa de participaciones o acciones de fondos cotizados y sociedades de inversión de capital variable.

Es de destacar en el ámbito de las deducciones en cuota, hay que tener en cuenta que, en primer lugar, se prorroga para el 2025 la deducción por obras de mejora de eficiencia energética de viviendas, así como la deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga bajo el programa MOVES III. Por su parte, se establece una nueva deducción por rendimientos del trabajo que elimina el gravamen sobre el nuevo SMI (16.576 euros) y reduce la tributación para rendimientos entre 16.576 euros y 18.276 euros.

Asimismo, hay que tener especial atención en que se han reforzado los mecanismos de control y lucha contra el fraude fiscal, con un mayor uso de herramientas digitales y cruce de datos en el contexto de la correspondiente aprobación del Plan de Control Tributario. Esto implica que los contribuyentes deberán ser más cuidadosos en la declaración de ingresos, especialmente aquellos procedentes de plataformas digitales, criptomonedas o actividades económicas no tradicionales. Aunque esta tendencia es coherente con la modernización de la Administración Tributaria, también genera preocupación por posibles errores involuntarios o interpretaciones restrictivas.

"Más allá de las novedades normativas, un importante foco de riesgo para los contribuyentes sigue estando en la revisión del borrador. Es importante recordar que el borrador facilitado por la AEAT no tiene carácter completo ni vinculante. La experiencia práctica muestra que existen áreas recurrentes donde se concentran los errores, principalmente en: omisiones en deducciones autonómicas;  información incompleta sobre inmuebles; incorrecta imputación de ganancias patrimoniales y en falta de inclusión de determinados gastos deducibles", concluye Enrique Donnay.

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